Los incisos 1, 2, y 3, sufrieron modificaciones en relación a los valores de documentos por transacciones o movimientos de ganados bovino, equino, ovino y porcino respectivamente, fijándose los nuevos valores por cabeza. La medida, tras una rápido tratamiento, fue aprobada por unanimidad de todos los bloques y de los mayores contribuyentes quienes se expresaron a traves de una votación individual.

